Entre un apto, certificado, e informe psicológico existen diferencias. Cada uno de ellos tienen particularidades y finalidades diferentes, y conocerlas puede evitarte gastar tiempo y dinero. En este artículo te introducimos en el tema para que puedas diferenciar estos tres instrumentos. También, te comentamos algunas cuestiones a tener en cuenta a la hora de pedir alguno de estos servicios.



Muchas veces, a los psicólogos nos preguntan en qué se diferencian estos instrumentos. Incluso, en ocasiones nos solicitan uno u otro sin considerar las diferencias y los tiempos que requiere cada proceso.

Lo común entre ellos es que requieren una pericia e idoneidad del profesional. No hay un modelo tipo, que cualquier persona puede completar y firmar. Un licenciado en psicología sabe que cada uno tiene sus especificaciones, su modalidad y etapas.

Por ser documentos de valor legal, deben contener ciertas formalidades: papel membretado en el que conste apellido, nombre y número de matrícula profesional, como también el domicilio y localidad. Sólo los aptos pueden realizarse en la ficha o formulario que provee la institución que los demanda. También contendrán: Apellido y nombre del consultante, número de documento y/o de afiliación al sistema de seguridad social.

Por no contener necesariamente descripción de causas psicológicas, no es necesario la constancia de síntomas y/o motivos de consultas. El contenido debe estar transcrito en forma manuscrita por el psicólogo, de corrido y sin espacios en blanco para evitar riesgos de agregados. Si es necesaria la utilización de párrafos, el psicólogo deberá completar los espacios con líneas de puntos.

El proceso de evaluación consta de las siguientes etapas
Una entrevista clínica.
La aplicación de batería de test psicológico.
El análisis de los resultados a nivel cualitativo y cuantitativo.
El dictamen del análisis que comprende los aspectos desprendidos así como su ponderación con los elementos clínicos pertinentes en el marco del examen.
La conclusión y su comunicación a la persona examinada.



APTO PSICOLOGICO

El apto psicológico es el más “simple” de estos instrumento. A través de él se da constancia de que el sujeto está habilitado o no para realizar una tarea específica: conducir, estudiar, trabajar, realizarse una intervención quirúrgica, etc.

En algunas circunstancias alcanza con una entrevista extensa y la aplicación de batería de test, mientras que en otros casos serán necesarias dos o más entrevistas. Ello se evaluará en la primera entrevista.


Para carnet de conducir.
Con el objetivo de ingresar a la universidad o terciario.
Para estudiar y rendir examen: universidad y terciarios.
Para realizar intervención quirúrgica: cirugía bariátrica, ligadura de trompas, etc.